Comercios o negocios que desean adquirir bienes muebles o inmuebles, de inmediato, mediante el pago de cómodas cuotas mensuales o contraprestaciones dinerarias de frecuencia variable, que le permiten liberar capital de trabajo para otros usos.
Beneficios
Libera capital de trabajo para otros usos.
El bien arrendado produce de inmediato y se paga solo.
Atención rápida y personalizada.
Las contraprestaciones dinerarias de arrendamiento financiero son 100% deducibles de Impuesto Sobre la Renta.
Características
Tipos de arrendamiento financiero disponible: Arrendamiento convencional o Leasing y Sale & Lease Back.
Al finalizar el contrato el bien arrendado es adquirido mediante un pago mínimo o valor de rescate.
Permite el financiamiento hasta por el 70% del valor del bien.
Tasa de interés variable.
El plazo del pago oscila entre 3 años (mobiliario) y 5 años (inmobiliario).
No afecta la línea de crédito del cliente.
Diseño de un plan de pagos acorde a cada operación, mediante cuotas mensuales y cuotas extraordinarias de frecuencia variable (trimestral, semestral o anual) canceladas con cargo automático a la cuenta del cliente.
Requisitos
Llenar y suscribir planilla de solicitud.
Factura Pro-Forma del activo.
Estado financiero de la empresa auditado o firmado por un Contador Público para los últimos doce (12) meses de vigencia.
Documento Constitutivo, Acta de Junta Directiva y Asamblea de la compañía (en caso de no ser cliente del Banco, se requerirá información adicional sobre la compañía, su actividad, clientes, productos).
Copia del RIF de la compañía.
Referencias bancarias y comerciales vigentes.
Fotocopia de última declaración de Impuesto Sobre la Renta.
Flujo de efectivo proyectado.
Fotocopia de la cédula de identidad de los representantes y fiadores.
Balance General del fiador o fiadores.
Constancia de ingreso de los fiadores.
Póliza de seguro del bien arrendado.
Poseer una cuenta, y autorizar el cargo automático para la cancelación de las cuotas o contraprestaciones dinerarias, y cualquier gasto relacionado con el arrendamiento.
En caso de requerir garantía:
Fianza persona natural:
- Balance General de los socios y el fiador.
- Fotocopia de la cédula de identidad del fiador.
Fianza persona jurídica:
- Mismos requisitos exigidos al solicitante.
Hipotecaria:
- Avalúo reciente del inmueble a otorgar.
Arrendamiento Financiero
Recomendado para...
Comercios o negocios que desean adquirir bienes muebles o inmuebles, de inmediato, mediante el pago de cómodas cuotas mensuales o contraprestaciones dinerarias de frecuencia variable, que le permiten liberar capital de trabajo para otros usos.
Beneficios
Libera capital de trabajo para otros usos.
El bien arrendado produce de inmediato y se paga solo.
Atención rápida y personalizada.
Las contraprestaciones dinerarias de arrendamiento financiero son 100% deducibles de Impuesto Sobre la Renta.
Características
Tipos de arrendamiento financiero disponible: Arrendamiento convencional o Leasing y Sale & Lease Back.
Al finalizar el contrato el bien arrendado es adquirido mediante un pago mínimo o valor de rescate.
Permite el financiamiento hasta por el 70% del valor del bien.
Tasa de interés variable.
El plazo del pago oscila entre 3 años (mobiliario) y 5 años (inmobiliario).
No afecta la línea de crédito del cliente.
Diseño de un plan de pagos acorde a cada operación, mediante cuotas mensuales y cuotas extraordinarias de frecuencia variable (trimestral, semestral o anual) canceladas con cargo automático a la cuenta del cliente.
Requisitos
Llenar y suscribir planilla de solicitud.
Factura Pro-Forma del activo.
Estado financiero de la empresa auditado o firmado por un Contador Público para los últimos doce (12) meses de vigencia.
Documento Constitutivo, Acta de Junta Directiva y Asamblea de la compañía (en caso de no ser cliente del Banco, se requerirá información adicional sobre la compañía, su actividad, clientes, productos).
Copia del RIF de la compañía.
Referencias bancarias y comerciales vigentes.
Fotocopia de última declaración de Impuesto Sobre la Renta.
Flujo de efectivo proyectado.
Fotocopia de la cédula de identidad de los representantes y fiadores.
Balance General del fiador o fiadores.
Constancia de ingreso de los fiadores.
Póliza de seguro del bien arrendado.
Poseer una cuenta, y autorizar el cargo automático para la cancelación de las cuotas o contraprestaciones dinerarias, y cualquier gasto relacionado con el arrendamiento.
En caso de requerir garantía:
Fianza persona natural:
- Balance General de los socios y el fiador.
- Fotocopia de la cédula de identidad del fiador.
Fianza persona jurídica:
- Mismos requisitos exigidos al solicitante.
Hipotecaria:
- Avalúo reciente del inmueble a otorgar.
Preguntas Frecuentes
¿Qué ventajas fiscales otorga el leasing?
Las cuotas canceladas por el arrendamiento producto del leasing financiero, son 100% deducibles del Impuesto Sobre la Renta en el caso de personas jurídicas, tal como se contempla en la ley de impuesto sobre la renta en su artículo 27.
¿En el leasing, de quién es la propiedad del activo?
El activo es propiedad del Banco (que actúa como Arrendadora Financiera).
¿El activo arrendado tiene opción de compra?
Sí, al finalizar el contrato de arrendamiento el arrendatario debe cancelar el valor de rescate, ejerciendo así su opción de compra. Posteriormente, dependiendo del tipo de activo arrendado, se efectuará el traspaso de propiedad hacia el arrendatario y/o entrega de la factura respectiva.
¿Las cuotas de arrendamiento son fijas o variables?
Las cuotas de arrendamiento o contraprestaciones dinerarias son variables en función de la fluctuación en las tasas de interés durante la vigencia del contrato.